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Mario Kestelboim: “Ocupar el espacio público no es delito”

Noticiasurbanas.com, 14 de marzo de 2011
 
Concuerda con los argumentos de la jueza Nazar, pero dice que el caso del Indoamericano no puede compararse con el de Parque Avellaneda, porque en este último no se tomó el espacio público sino viviendas sociales. También denuncia que en el 70 por ciento de los 1.700 desalojos realizados en 2009 no hubo derecho a la defensa.
 
Por Angie Carnevali
 
El titular del Ministerio Público de la Defensa de la Ciudad, Mario Kestelboim, recibió a NU en su sencillo despacho del quinto piso del edificio de Combate de los Pozos al 100 con la esperanza de que la próxima vez sea en el coqueto petit hotel de principios del siglo pasado, recientemente adquirido por la Defensoría General en el barrio de San Telmo.
 
“Es un inmueble muy bonito de 800 metros cuadrados ubicado en México y Tacuarí, lo escrituramos el 9 de diciembre con lo que nos quedaba del presupuesto. Lo pagamos 800 mil dólares. Hay que hacerle arreglos pero obtuvimos un buen precio, por la ubicación y porque lo peleamos, conseguimos bajarlo 50 mil dólares. Para la Defensoría es un lugar muy bueno pero no es Lavalle al 600”, dijo el defensor general sonriendo al reconocer que la víctima del regateo fue “Calcaterra”, nada más y nada menos que la familia de Mauricio Macri, haciendo referencia a la millonaria y mucho mejor ubicada compra realizada también a fin del año pasado por el Consejo de la Magistratura.
 
Defensoría y Fiscalía, por ahora, comparten el edificio del barrio de Congreso, pero el proyecto de Kestelboim sería no compartir ni eso. En los últimos meses, varias causas dejaron en evidencia fuertes diferencias entre fiscales y defensores, teniendo a las ocupaciones y desalojos como eje.
 
“Toda persona tiene derecho a defenderse, y este derecho debe respetarse en todas las instancias, sea defensa privada o del Estado. De los análisis que hemos hecho, a través de las investigaciones de 1.700 procedimientos de desalojo forzado por el supuesto delito de usurpación realizados en 2009, se ha podido determinar que en más de un 70 por ciento de casos, las personas que fueron afectadas por estas decisiones de fiscalías y de juzgados en lo Penal, Contravencional y de Faltas, no tuvieron la posibilidad de ejercer su derecho de defensa. Estos procedimientos abarcan una familia, dos, diez o más, y toda esa gente se fue presionada y sin defensa”, dispara Kestelboim para iniciar la charla.
 
–¿Solamente en los casos de usurpación observaron que no se dio cumplimiento al derecho de defensa?
–Sí, porque en el tema de las usurpaciones hay una disposición en el Código Procesal Penal de la Ciudad –el artículo 335– que habilita a los fiscales a solicitar a los jueces el inmediato desalojo de inmuebles intrusados. Nosotros planteamos nuestra intervención, entre otras cosas, porque no sólo se debe garantizar el derecho de defensa, sino también el derecho constitucional a una vivienda digna, y entendemos que frente a este tipo de hechos se debe dar una respuesta habitacional. La gente no comete esta alteración al ordenamiento jurídico por deporte, sino que lo hace cuando no tiene la posibilidad de acceder a una vivienda digna y busca alguna forma de resolver la situación. Pero para que exista la figura penal de la usurpación se requiere que el bien que se intrusa sea un bien privado, los bienes públicos no pueden ser objeto de desposesión. No hay usurpación sobre bienes públicos, ocupar el espacio público no es delito.
 
–Entonces, en el caso de la ocupación de un bien público, como el Parque Indoamericano, ¿qué figura correspondería si no es la de usurpación?
–No está criminalizado este hecho. Podría dar origen a algún tipo de procedimiento que correspondería a un desalojo administrativo, o a una contravención por ocupación indebida del espacio público. Lo que protege el delito de usurpación es la posesión, y los bienes públicos no son objeto de posesión por parte del Estado.
 
–Y con respecto a la ocupación de viviendas sociales en Parque Avellaneda ocurrida este miércoles, ¿cuál es su opinión?
–Aún no tengo ningún elemento fáctico para emitir juicios. No tenemos pedido de intervención de parte de ninguno de los involucrados. Pero no es un caso para nada comparable al Indoamericano. Acá no se trata de un espacio público. Acá se trata de viviendas que tienen un destino: satisfacer la necesidad social. Y que debían ser cuidadas para que no fueran ocupadas. Lo que llama la atención es que no se hayan resguardado como debían.
 
Para el defensor general, tipificar como usurpación a la ocupación de un espacio público sería un error, ocasionado, entre otras razones, porque “los jueces en materia Penal, Contravencional y de Faltas, así como los fiscales y defensores, concursaron para el fuero Contravecional y de Faltas y de repente, por ósmosis, se les modificó la competencia y se les amplió en materia penal”.
 
“Yo no dudo que muchos de estos magistrados estén capacitados y habilitados, pero la verdad es que no son los jueces naturales para juzgar el delito de usurpación ni ningún otro delito de los que se nos han transferido”, subrayó.
 
–Lo que usted está marcando es que los jueces de la Ciudad no son incapaces pero son incompetentes…
–Claro, no concursaron para ser jueces penales, concursaron para ser jueces contravencionales y de faltas.
 
–¿Cree que si hubieran concursado para la materia penal, los jueces, fiscales, defensores y asesores tutelares actuarían de forma distinta a la actual ante situaciones de ocupación?
–Varios penalistas se pronunciaron por la inconstitucionalidad de estas normas que ponen en crisis el derecho de defensa y por la carencia de la figura del tipo de la usurpación cuando de espacio público se trata. Si las 1.500, 2.500 o 10.000 personas en situación de calle se pusieran un toldito sobre sus cabezas, ¿convertirían su pernoctar en la calle en un delito de usurpación? Me parece que se debería pensar en otro tipo de figura. Se puede interpretar que la gente que está en situación de calle también está ocupando el espacio público, por ejemplo ocurre en Plaza Lavalle, o en Plaza San Martín. Y a nadie se le ocurre pensar que eso sea un delito. Es el resultado de un estado de necesidad. Y hay casos, como la toma del club Albariños, donde la gente que ocupó el lugar, evidentemente fue llevada por organizaciones ilícitas, pero los delincuentes son los organizadores y no la gente en situación extrema de necesidades básicas insatisfechas. Se está criminalizando la pobreza. En lugar de dar soluciones de orden social se está reprimiendo injusta e indebidamente sin dar posibilidad al ejercicio de la defensa de los individuos involucrados. Falta sensibilidad. Hay una mayor disposición en los sectores del Gobierno porteño a responder a determinadas necesidades sociales de sectores más pudientes, y no de los más necesitados.
 
-Habla del Gobierno porteño pero el tema que nos ocupa se centra en los tribunales. ¿Esta falta de sensibilidad se da también en los jueces?
–Sí, pero no en todos. Hay jueces que aceptan la intervención de la defensa pública otros que la rechazan; hay jueces más sensibles respecto a las necesidades habitacionales, educativas, de alimentación, de salud. El fuero Contencioso, Administrativo y Tributario ha molestado mucho a las políticas de gobierno porque ha protegido derechos fundamentales y por esto se ha pretendido recusar a algún juez, e inhabilitar a otros. Los jueces contenciosos, incluso los de Cámara, son mucho más sensibles a problemáticas sociales.
 
–Sin embargo, en los casos de ocupación por carencias habitacionales el TSJ resolvió que la competencia era Penal y dejó el expediente del Indoamericano en manos de la jueza María Cristina Nazar.
–Porque lo están tipificando como delito y yo sostengo que no cuadra como delito.
 
–Días atrás la jueza Nazar denegó un planteo de la fiscalía para detener a seis supuestos responsables de organizar la toma del Indoamericano fundamentando su resolución en esta posición que esgrime la Defensoría de la inexistencia de delito. La Fiscalía apelará el fallo. ¿Para usted, qué camino debería tomar la Justicia de la Ciudad con los organizadores de las tomas?
–Ninguno. Eso configuraría un delito en el cual no sería competente la Justicia de la Ciudad. Los instigadores de las tomas cuadrarían en una figura que es la asociación ilícita, y la asociación ilícita no es un delito de competencia local.
 
–Remarca que las ocupaciones se dan por una necesidad habitacional que no tiene respuesta, pero ¿es la Justicia el camino para resolver esta problemática?
–La Justicia debe intervenir mostrando un camino para la resolución de un conflicto que a través de los años la política no ha resuelto. La Legislatura sancionó una ley de emergencia habitacional y otra para frenar los desalojos, esas dos leyes dictadas con el voto del bloque oficialista fueron vetadas por el Jefe de Gobierno. En el país esta situación se ha dado en varias oportunidades y en el orden nacional se resolvió paralizar los desalojos; Yrigoyen lo hizo ante la fuerte inmigración europea que dio lugar a los conventillos y Perón dictó leyes de emergencia habitacional ante la creciente migración interna. Hoy esto no se da. No se construyen viviendas ni se suspenden desalojos ni se buscan soluciones sociales a esta temática. Hubo un pronunciamiento del Tribunal Superior de Justicia en el caso Alba Quintana, en el cual se consideró que el Gobierno de la Ciudad brindaba suficiente respuesta a las necesidades de vivienda digna con la existencia de los tres o cuatro paradores que hay en la Ciudad. Habría que ir a ver la dignidad de estos lugares… Este fallo está recurrido ante la Corte.
 
–La semana pasada, la Defensoría General tuvo otro fallo no favorable del TSJ en el planteo realizado contra la Fiscalía General por denegación de justicia al no dar intervención a la defensa en pedidos de desalojo. ¿También recurrirá a la Corte Suprema en este caso?
–Lo estamos evaluando, entre otras alternativas. Nosotros hicimos el planteo con la reserva federal, y utilizaremos todos los recursos que la Constitución y las leyes nos habilitan. Pero primero veremos si podemos lograr una solución consensuada.
 
–¿En cuanto puede afectar en la resolución de causas de este tipo la ausencia de un miembro del TSJ con especialidad en materia penal, como lo era el juez Maier?
–Hoy la materia penal está ausente de la conformación del máximo tribunal y ésta fue una de las argumentaciones que expusimos al cuestionar la propuesta del Gobierno de la Ciudad para la designación de la fiscal ante la Cámara CAyT, Daniela Ugolini, para ocupar el cargo vacante. Algún miembro del tribunal debería tener esta especialidad para enriquecer las decisiones que les debieran corresponder en esta materia.
 
–¿A quién propondría usted para integrar el TSJ si Macri le pidiera consejo?
–¡Jajaja! Es una fantasía tan grande… Yo, más que un nombre, le pondría una condición: que sea un penalista. Pero si hay que fantasear, postularía a mi secretario de Recursos Judiciales (risas).
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