11 7037-7037 | El chat de tus derechos

El MPT en los medios

InicioSólo el 1% de los que adoptan chicos acepta que sean mayores de 8 años
InicioSólo el 1% de los que adoptan chicos acepta que sean mayores de 8 años

Sólo el 1% de los que adoptan chicos acepta que sean mayores de 8 años

Clarín, 10 de abril de 2019

Son datos del registro único de aspirantes. Hay un desfasaje entre los deseos de los inscriptos y la edad de los chicos que esperan una familia. Un estudio indagó por qué se demoran los procesos. 

La adopción en Argentina fue, históricamente, un tema complejo y repleto de irregularidades que ha incluido desde entregas directas de niños a venta de bebés. También, tiempos agónicos de búsqueda y espera. Burocracia. La creación del Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción puso orden en el caos y el nuevo Código Civil fijó plazos. Los procesos se agilizaron, pero aún hay niños que pasan largos tramos de sus infancias institucionalizados. 

El desfasaje entre los deseos de los inscriptos y la realidad de los niños también suma al descalabro. En el Registro Único de Aspirantes a Guarda con Fines de Adopción del Ministerio de Justicia de la Nación hay 4.580 postulantes. El 90 por ciento quiere que sea un bebé de menos de un año, el 17 por ciento aceptaría hasta niños o niñas de 8 años, y sólo el uno por ciento adoptaría chicos de hasta 12 años. En el registro también se ve que sólo el 16 por ciento de los inscriptos adoptarían un niño con alguna discapacidad o enfermedad y un 5 por ciento adoptaría tres hermanos o más.

De los 9.096 niños separados de su núcleo familiar, 2.731 están en situación de ser adoptados. Entre ellos, el 30 por ciento tiene menos de cinco años y el 70%, entre 6 y 17.

El Ministerio Público Tutelar hizo un análisis sobre los "circuitos de restitución del derecho a vivir en familia". Se hizo una muestra que incluyó a provincias representativas de las regiones del país: Salta, Misiones, Mendoza, Tierra del Fuego, Córdoba, Buenos Aires y CABA. Y se hicieron entrevistas a especialistas del sistema de protección integral del poder judicial (jueces, secretarios de juzgados), del poder ejecutivo (de órganos de protección) y del Registro de Aspirantes (en algunas provincias está a cargo de los organismos de niñez y en otras, del poder judicial).

La guía permitió recabar información en las diferentes jurisdicciones y conocer los circuitos reales de funcionamiento. Los objetivos de la investigación eran: conocer los organismos que intervienen en el proceso de toma de medidas excepcionales, describir las causas de las medidas de excepción, analizar y contrastar los circuitosprevistos en las normas y protocolos existentes con los circuitos reales; evaluar las deficiencias, las fortalezas, los roles de cada persona involucrada, y quienes facilitan las tareas y quienes las obstaculizan. Y también, investigar los momentos y motivos del fracaso de las guardas con fines de adopción, además de identificar las buenas prácticas y deficiencias del funcionamiento que puedan vulnerar derechos de niñas, niños y adolescentes.

Entre las dificultades encontradas, surge la falta de sistematización de la información, y se propone que se generen registros que sean compartidos entre los distintos organismos que forman parte del sistema de protección integral. 

Con respecto a la extensión de los plazos que generan demoras y mayor tiempo de institucionalización, lo que propone la investigación es: mayor participación de los padres desde el inicio del proceso judicial, controlar la legalidad de la medida excepcional con la designación de un defensor oficial desde un primer momento en caso de ser necesarios, mejorar la articulación entre el Poder Judicial y el organismo administrativo, que haya un fuero específico en materia de infancia y adolescencia y equipos interdisciplinarios; y también dar prioridad a la tramitación de las causas de control de legalidad de las medidas excepcionales y de adopción en función del interés superior del niño. 

También se advirtió por las dificultades en el derecho de niños, niñas y adolescentes a ser oídos durante el proceso. Lo que se propone es garantizar el derecho a ser oído en todas las etapas del proceso y que la escucha sea en entornos apropiados y profesionales capacitados. 

"Con el nuevo Código Civil de 2014 hubo mejoras en los plazos. Los organismos de niñez tienen 180 días para trabajar con la familia extendida y luego el juez tiene 90 días para dictar el estado de adoptabilidad, pero no siempre se cumplen estos plazos -explica a Clarín Yael Bendel, al frente del Ministerio Público Tutelar-. Pero también ocurre que a veces cuando el juez dice que puede ser adoptado la familia de origen se entera y apela la medida. Y las cámaras de apelaciones no tienen plazo. Por eso proponemos que las familias participen del proceso desde que el niño entra al sistema de protección, y si es necesario que sean asistidos por un abogado".

Bendel hace hincapié en el tiempo que los niños pasan en los institutos: "En algunos casos son muchos años, se les va la niñez, y cuando son más grandes menos personas buscan adoptarlos. Por eso también proponemos que los 90 días que dispone el juez se supriman y en los 180 días iniciales que trabajan los organismos de niñez sean con participación del juez en esa etapa. Nos preocupa que aún los tiempos son extensos. El Estado debe garantizar el derecho a todos los niños a tener una familia". 

El informe se presenta este jueves en el marco de la Jornada "Complejidades y Desafíos del Instituto de la Adopción” en la Facultad de Derecho. En el  encuentro, organizado por el Ministerio Público Tutelar de la CABA (MPT) y el Centro de Graduados, expondrán referentes nacionales e internacionales. 

Se puede consultar la nota aquí.