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Obtención de partidas de nacimiento de niños, niñas y adolescentes institucionalizados sin DNI

Obtención de partidas de nacimiento de niños, niñas y adolescentes institucionalizados sin DNI

10 Jun , 13

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de junio de 2013

Durante el mes de mayo, y por intermedio del titular del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas del Gobierno de la Ciudad, se obtuvieron las partidas de nacimiento de 26 niños, niñas y adolescentes sin DNI -de los aproximadamente 70 alojados en dispositivos de albergue-, lo cual posibilita la inmediata tramitación de ese documento.

Este Ministerio Público Tutelar, a partir de las visitas e inspecciones que se realizan a las instituciones de albergue, en el marco de las previsiones del artículo 49 inc. 9 de la ley 1.903 CABA y de la intervención que se lleva a cabo en base a lo dispuesto por el Decreto 1527/03 CABA, detectó la situación de niños y niñas institucionalizados a quienes se vulnera su derecho a la documentación -lo que trae aparejada la imposibilidad y/o extrema dificultad de acceder a pensiones, programas sociales y, en general, a todos los beneficios para los que se requiere su presentación- a pesar de la intervención de organismos administrativos, judiciales y no gubernamentales (instituciones de albergue donde se encuentran alojados), responsables de garantizar su efectivización.

A raíz de ello, y en el marco de las múltiples interpelaciones realizadas por este MPT a fin de que los organismos competentes cumplieran con sus obligaciones, se mantuvieron reuniones con responsables del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas del GCABA, que permitieron obtener las citadas partidas de nacimiento, las cuales fueron reenviadas a los organismos responsables -Dirección General de Niñez y Adolescencia y Consejo de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes- a fin de que regularizaran la situación.   

No obstante, constituye un desafío pendiente agilizar el circuito administrativo para que cada uno de los organismos responsables de garantizar el derecho a la identidad de los niños, niñas y adolescentes institucionalizados se encarguen de la tramitación de su DNI, en el caso de que hayan sido inscriptos, o su partida de nacimiento, en el supuesto de que no lo estén.