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InicioCon el régimen de la minoridad vigente, los menores de 16 años ya están, de hecho, dentro del sistema penal
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Con el régimen de la minoridad vigente, los menores de 16 años ya están, de hecho, dentro del sistema penal

Con el régimen de la minoridad vigente, los menores de 16 años ya están, de hecho, dentro del sistema penal

30 Sep , 13

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24 de septiembre de 2013.

Por Laura Musa, Asesora General Tutelar de la Ciudad de Buenos Aires.

El actual régimen penal de la minoridad, producto del Decreto Ley Nº 22.278/80 de la última dictadura militar, establece la plena imputabilidad penal para la franja de jóvenes de 16 a 18 años, a la vez que promueve la discrecionalidad absoluta para los menores de 16 años que se encuentren en “peligro material o moral”.

Esta es la razón por la que tenemos hoy en Argentina adolescentes menores de 16 años que, siendo no punibles, se encuentran presos en institutos de menores de esta Ciudad sin que medie debido proceso, ni presentación de pruebas, y sólo por la decisión arbitraria del juez, que tiene la facultad de resolver el regreso del/de la joven a su familia (si pertenece a sectores medios), o bien su encierro, si considera que se encuentra en peligro “material”, determinando, así, una condena con fundamento en la pobreza.    

Una ley de responsabilidad penal juvenil presupone, entre otras cosas, comenzar a considerar a los jóvenes que han infringido la ley penal como sujetos de derechos y de responsabilidades. Pero ello no significa bajar la edad de imputabilidad. Bajar la edad de imputabilidad supondría, en todo caso, algo tan sencillo como crear una ley con un solo artículo que disponga que todos los menores de 18 años son imputables, haciéndolos ingresar de esa manera en el sistema penal de adultos.

La discusión actual por un régimen penal juvenil de acuerdo a la Convención de los Derechos del Niño y a la Constitución Nacional es parte de la disputa por alcanzar un sistema que garantice un debido proceso a aquellos jóvenes que infringieron la ley y una justicia penal especializada en materia de infancia que disponga de medios alternativos de resolución de conflictos, con el establecimiento de sanciones que cumplan el principio de proporcionalidad y racionalidad. 

El tránsito de la democracia posible a la democracia verdadera no se resuelve sólo con buenas leyes. Sin embargo, las mismas constituyen un marco esencial desde donde comenzar a hacer exigible una sociedad más justa y equitativa. Considero, en este contexto, que un sistema de responsabilidad penal juvenil acorde a los estándares internacionales de derechos humanos significará un paso hacia adelante en la construcción de dicho horizonte.