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Seguimiento de la institucionalización de niñas, niños y adolescentes

Seguimiento de la institucionalización de niñas, niños y adolescentes

02 Dic , 13

A pesar de los avances en la implementación a nivel normativo e institucional del nuevo modelo de protección de derechos, las prácticas en materia de separación familiar y alojamiento de niños y niñas en dispositivos de albergue siguen presentando algunas continuidades con el modelo derogado. En este sentido, el Ministerio Público Tutelar, a través de la Asesoría General Tutelar -con el apoyo de la Oficina de Seguimiento de las Institucionalizaciones de Niñas, Niños y Adolescentes-, las Asesorías de Primera Instancia ante el fuero CAyT y el Equipo Común de Intervención Extrajurisdiccional, se propuso una redefinición de los procedimientos para el control de la política de institucionalización mediante las visitas a los dispositivos de albergue, a la vez que fijó criterios comunes de actuación frente a las irregularidades detectadas, acordes con las normas vigentes que regulan las condiciones de funcionamiento, habilitación de establecimientos, infraestructura, habitabilidad y seguridad de las instituciones que alojan niñas, niños y adolescentes.

Uno de los logros más significativos en materia del control de las instituciones de albergue consistió en poner en concordancia esta obligación institucional con los estándares de la protección integral de derechos y dotar de metodología y mirada interdisciplinaria al recorrido de cada dispositivo. Ello en sintonía con la perspectiva que asume a los organismos de atención como servicios públicos, pasibles de ser monitoreados e interpelados en el marco de una política pública orientada a la atención de niñas, niños y adolescentes desde una perspectiva de derechos.

Complementariamente, y en concordancia con la Ley Nacional N° 26.061 que regula en forma explícita la excepcionalidad, brevedad, subsidiariedad y ultima ratio en las medidas que impliquen la separación de un niño, niña o adolescente de su grupo nuclear, se ha apelado a la prioridad de la convivencia familiar, dando preferencia a los ámbitos vinculados a ellos como sus familias ampliadas, referentes afectivos o comunitarios. Así, el fortalecimiento familiar ha sido considerado por este Ministerio un eje fundamental de trabajo, y se ha interpelado al Estado para la implementación de políticas sociales que permitan empoderar a los padres -en situación de desventaja- para que puedan criar a sus hijos y de esta forma equiparar las desigualdades existentes, fijando esta corresponsabilidad estatal para los casos en que las familias no puedan cumplir con sus obligaciones. 

Durante estos años, el accionar del Ministerio se tradujo en el envío de diversas comunicaciones tanto al Consejo de los Derechos como a la Dirección de Niñez y Adolescencia y a la Dirección de Salud Mental, a fin de intimar a que se cumpla con la normativa vigente, entendiendo que la medida de separación de un niño de su familia por causas de pobreza se estaba adoptando en fragante vulneración de la normativa vigente. En el mismo sentido, se puso en conocimiento de estas situaciones al Juzgado de Familia y la Defensoría de Menores interviniente. En algunos casos, se participó de audiencias judiciales, a fin de generar un trabajo articulado con los diversos actores intervinientes, a la vez que se enviaron comunicaciones, intimaciones y propuestas de reuniones a los diferentes organismos del Poder Ejecutivo local con incidencia en la posibilidad de acceder a los recursos necesarios. Asimismo, se diseñó e implementó un circuito de trabajo para el relevamiento y el análisis de la información recabada en las visitas institucionales, a fin de facilitar una rápida identificación de irregularidades en el funcionamiento de la política de institucionalización y promover una intervención eficaz y coordinada entre las distintas áreas del Ministerio Público. 

Principales logros

Promoción del debido proceso de las medidas de separación familiar, a partir de la redefinición del rol del asesor tutelar y la reversión del tradicional asistencialismo judicial, al conceptualizar a los niños, niñas y adolescentes como sujetos titulares de derechos.

Control sistemático de las condiciones de habitabilidad y funcionamiento de los dispositivos de albergue, por medio de la creación de protocolos generales que unificaron criterios de actuación hacia el interior del MPT, de la intervención y la incidencia en la Legislatura en el proceso de sanción de la Ley N° 2881, de la publicación Puertas Adentro, del asesoramiento técnico en el proceso de reglamentación de la Ley N° 2.213 sobre “Sistema de Acogimiento Familiar” y de la implementación del programa de “Referentes Comunitarios”, entre otros.

Monitoreo permanente de la política pública de protección integral de derechos de niños y niñas bajo una medida de separación familiar.

Despliegue de acciones judiciales y extrajudiciales de interpelación y exigencia ante situaciones de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes por parte del Estado local, en casos de institucionalización irregular.

Indagación sobre el desarrollo de políticas públicas locales de fortalecimiento y apoyo a los grupos familiares, análisis plasmado en el libro La construcción del fortalecimiento familiar.

Consolidación de la nueva función de las Asesorías Tutelares en el marco de la normativa de protección integral de derechos, a través de la creación de la Oficina de Seguimiento de las Institucionalizaciones y Control de las Instituciones, del dictado de criterios generales de actuación y del desarrollo de protocolos para el relevamiento y administración de la información en las visitas institucionales.