
Revocan una sentencia en cumplimiento de la Ley Nacional de Salud Mental
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 27 de diciembre de 2011
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Mar del Plata Sala III —en cumplimiento de las previsiones de la Convención de los derechos de las personas con discapacidad y la Ley Nacional de Salud Mental— revocó una sentencia que obligaba a una persona a presentar semestralmente controles de su salud mental, a pesar de que su capacidad jurídica no era cuestionada.
Los jueces de la Cámara consideraron que la medida dispuesta por el juez de primera instancia resultaba “inadecuada e irrazonable”, debido a que de acuerdo a lo diagnosticado por el equipo tratante, y a las circunstancias de la persona, no surgía la necesidad de que se le impongan limitaciones al ejercicio de la capacidad plena que el mismo Juez le ha otorgado en la sentencia.